lunes, 25 de octubre de 2010

"Morir con dignidad" de Hans Küng

Almudi.org - Cuidados paliativos
   Porque la muerte forma parte de la vida morir con dignidad es requisito de toda ética humanitaria. Sin embargo, para morir con dignidad no son suficientes las condiciones sociales, sino que, fundamentalmente, es un ejercicio que incumbe a la misma persona: morir con dignidad depende de cómo se aborde la cuestión de la muerte durante la vida. 

   El hombre es el único ser vivo que es consciente de su mortalidad y el único que puede reflexionar sobre ella. El morir es una dimensión de la vida que influye en el desarrollo de ésta, porque quien no recluye su propia muerte, que acontecerá en algún momento de su horizonte existencial, tiene otra actitud ante la vida bien distinta del que la obvia.
Coincido con Hans Küng en que «forma parte constitutiva de una muerte humanamente digna el que los dolores corporales de las personas se reduzcan a una medida soportable y que se ayude al psiquismo mediante psicofármacos a superar emocionalmente el último tramo de la vida» (Morir con dignidad). 

   No obstante, como cristiano, no comparto la consideración de teólogo de que procurarse la muerte antes de que esta llegue «no atenta contra el derecho exclusivo del Creador» (Morir con dignidad). No sorprende por tanto, que caiga presa de determinado pensamiento que aboga por la despenalización del suicidio. No nos confundamos, la eutanasia —aunque ahora se emplean otros términos como ocurre con el aborto— es el suicidio de la persona, que es muy diferente a una muerte digna o humana.

   En 1976 se llevó a cabo en Tokio (Japón), la primera conferencia mundial de organizaciones que piden la despenalización de lo que llaman "muerte misericordiosa". En esa ocasión se proclamó una"Declaración de Tokio" con las siguientes tesis: 1) cada persona debe decidir por sí misma sobre su vida y su muerte; 2) las estipulaciones de los pacientes sobre su proceso de morir, o "testamentos vitales", deben reconocerse como derechos humanos y 3) debe reconocérseles validez legal. 

   Küng se pregunta, desde la perspectiva cristiana, si tiene el hombre algún derecho a disponer, por sí mismo sobre el ser o no ser de su vida cuando está gravemente enfermo y desea la muerte. ¿Qué dice la Iglesia al respecto? En el Catecismo se dice que: 

1) «las personas enfermas o disminuidas deben ser atendidas para que lleven una vida tan normal como sea posible» (2276);
2) «cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas. Es moralmente inaceptable. Por tanto, una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador»;
3) «La interrupción de tratamientos médicos onerosos, peligrosos, extraordinarios o desproporcionados a los resultados puede ser legítima. Interrumpir estos tratamientos es rechazar el "encarnizamiento terapéutico". Con esto no se pretende provocar la muerte; se acepta no poder impedirla. Las decisiones deben ser tomadas por el paciente […] o por los que tienen los derechos legales, respetando siempre la voluntad razonable y los intereses legítimos del paciente»;
4) «aunque la muerte se considere inminente, los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos. El uso de analgésicos para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable. Los cuidados paliativos constituyen una forma privilegiada de la caridad desinteresada. Por esta razón deben ser alentados».

   Para Küng, la eutanasia activa es un derecho del hombre«fundado en su poder autónomo de disponer sobre sí mismo, y el estado de derecho liberal ha de posibilitar por medio de su legislación y jurisprudencia el ejercicio de ese derecho. Si las iglesias tienen otras concepciones del mundo, minoritarias, no han de tutelar por ello al resto de las personas» (Morir con dignidad).
Ciertamente, toda persona que lo desee puede acortar su vida mediante una declaración de su voluntad o testamento vital. No obstante, esta voluntad no debe ser vinculante jurídicamente para el médico si por su conciencia y su creencia considera que es un asesinato (juramento hipocrático). Por otro lado, una persona cristiana, sabe que no le está moralmente permitido disponer de su vida. La vida humana descansa en un sí de Dios al hombre; es creación y don de Dios y queda así excluida por principio del poder humano de disposición.



OpusPrima.wordpress.com
Joan Figuerola

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